Actualización Panorama Cambiario en Argentina

En Basefirma, comprendemos los desafíos que impone la dinámica del mercado cambiario en Argentina, especialmente para las empresas con operaciones internacionales. Por ello, queremos ofrecer un análisis actualizado de la situación y compartir algunos elementos clave. 

Analizar estos desafíos nos permite no solo explorar alternativas de solución, sino también identificar las oportunidades que surjan. 

Antecedentes 

En el contexto de las operaciones cambiarias en Argentina, los exportadores de bienes y servicios están obligados a ingresar y liquidar al menos el 80% del contravalor en el mercado de cambios, mientras que el 20% restante puede ser liquidado a través de operaciones con títulos valores (MEP o CCL). Los plazos de liquidación varían según el tipo de mercadería exportada, siendo el plazo general de 180 días corridos contados desde la fecha del cumplido de embarque, salvo plazos más cortos para ciertos productos del agro y/o transacciones con empresas vinculadas. 

Por otro lado, las importaciones de bienes y servicios han visto flexibilizaciones en el acceso al mercado libre de cambios para su pago. Los despachos de bienes hasta el 12/12/2023 siguen con serias limitaciones y sólo pueden ser pagados si fueron financiados previamente o cuentan con la previa conformidad del Banco Central (la cual no se obtiene en la práctica), mientras que los despachos posteriores a esa fecha pueden ser liquidados en condiciones más flexibles, dependiendo principalmente del tipo de producto importado y/o de la fecha de oficialización de la importación. 

Esto representa una mejora significativa en el flujo de pagos de importaciones. Inicialmente, bajo la actual administración, en diciembre de 2023, se habían planificado cuatro pagos mensuales del 25% del valor FOB de importación cada uno, a partir de los 30, 60, 90 y 120 días corridos de la fecha de importación. Ahora, los plazos de pago se han reducido significativamente siendo la regla general el pago del 100% del valor importado a los 30 días del despacho, salvo plazo menor. 

En adición a lo anterior, recientemente se volvió a flexibilizar el pago importaciones de bienes. Se puede realizar pagos a la vista (contra documento de embarque) o diferidos antes de los plazos legales por importaciones de cualquier tipo de bienes (i) utilizando canjes o arbitrajes con fondos propios depositados en una cuenta en moneda extranjera en un banco local o (ii) en forma simultánea con la liquidación de financiaciones en moneda extranjera otorgadas al cliente por entidades financieras locales. Se suma la posibilidad de realizar pagos anticipados para bienes de capital y otros bienes necesarios (accesorios, repuestos, materiales) en la medida en que al menos el 90% del valor FOB de la operación sean bienes de capital. 

Existen también disposiciones especiales para el pago de servicios y préstamos financieros, que incluyen plazos específicos para acceder al mercado de cambios, con condiciones más estrictas para operaciones entre empresas vinculadas. 

Algunas cuestiones relevantes a tener en cuenta en el caso de los servicios son: 

o Pagos de Importaciones de Servicios a Terceros Independientes 

Los servicios prestados por no residentes hasta el 12/12/2023 requieren la previa conformidad del Banco Central; los prestados a partir del 13/12/2023 podrán ser abonados al exterior a partir de los 30 días desde la fecha de devengamiento o prestación del servicio, sin posibilidad de adelantar el pago total del año en el caso de un servicio anual. 

Los servicios de fletes podrán ser pagados al exterior 30 días después de la prestación del servicio. Para los fletes de importación, el plazo comienza a contar desde el arribo del buque o medio de transporte al país, mientras que para los fletes de exportación, desde el arribo del buque o transporte en el puerto de destino. 

Cabe mencionar que recientemente el BCRA flexibilizó los plazos previstos para el pago de servicios entre terceros, y los mismos podrían realizarse antes de los 30 días una vez recibido el servicio – siempre que sea mediante canjes o arbitrajes con fondos propios en moneda extranjera. 

o Pagos de Servicios a Empresas Vinculadas 

Los servicios prestados por empresas vinculadas a partir del 13/12/2023 podrán ser pagados una vez que hayan transcurrido 180 días desde la prestación o devengamiento del servicio; en tanto que los prestados hasta el 12/12/2023 requieren también la previa conformidad del BCRA. 

Impuesto PAIS 

Por otra parte, en lo que respecta al Impuesto PAIS, a partir del 2 de septiembre las importaciones de bienes y fletes se encuentran alcanzadas por el impuesto PAIS con una alícuota de 7,5% que representa una reducción del 10% frente al 17,5% que regía desde diciembre pasado. Asimismo, recientemente se publicó la derogación del pago a a cuenta del Impuesto PAIS sobre el valor FOB al momento de la oficialización del despacho aduanero. 

La importación de servicios, en general, se encuentran alcanzadas por este mismo impuesto con una alícuota de 25%. Tanto para bienes como servicios, no se hace distinción entre importación de vinculadas o terceros. 

Cabe destacar que, según la normativa vigente, el Impuesto PAIS tiene como fecha de finalización el próximo 24 de diciembre, lo cual es sumamente importante tener en cuenta en caso de poder diferir el pago de bienes y servicios al exterior, ya que podría significar un ahorro financiero en el plazo de un mes de entre un 7,5% y un 35%, según el tipo de servicio a pagar, siendo la alícuota general del 25%. 

Restricciones cruzadas MULC y dólares financieros 

Por último, es importante destacar que se encuentran vigentes las restricciones cruzadas de acceso al MULC y el mercado de títulos valores (MEP o CCL) para el pago de importaciones que actualmente se encuentran en 90 días previos y posteriores. 

¿Qué hacer y que oportunidades surgen en este contexto? 

En Basefirma podemos asesorarlo sobre las mejores alternativas que se ajusten a su caso particular. Nuestros servicios pueden ayudarlo a identificar y analizar oportunidades de cancelación de obligaciones con el exterior (especialmente de servicios intercompany), minimizando riesgos, que permitan normalizar y optimizar los flujos financieros. 

Oportunidad cambiaria actual: En el contexto actual, la baja en la cotización del contado con liquidación (CCL) representa una excelente ocasión para las empresas con obligaciones internacionales. Aprovechar este tipo de cambio podría generar un ahorro considerable en el pago de deudas comerciales y financieras o incluso realizar exteriorizaciones de dividendos retenidos o formación de activos en el exterior. 

¿Cómo aprovechar esta situación? En Basefirma, te ofrecemos nuestro acompañamiento para analizar las opciones más beneficiosas y estructurar las mejores estrategias de pago. Este es un momento clave para optimizar las operaciones internacionales y fortalecer tu posición financiera. 

Te invitamos a una reunión para discutir cómo estas medidas pueden aplicarse a tu empresa.

Andrés Stante andres.stante@basefirma.com

Melisa Gómez melisa.gomez@basefirma.com

Diego Bello  comercio.exterior@basefirma.com

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