El pasado 24 de julio de 2025, se publicó la Resolución DGT-R-26-2025 en el Alcance 93 a la Gaceta No. 137, restableciendo la obligación de presentar ante la Dirección General de Tributación la Declaración Informativa anual de Precios de Transferencia.
¿Quiénes están obligados a presentarla?
- Grandes contribuyentes nacionales, que realicen operaciones nacionales o extranjeras con empresas vinculadas.
- Empresas que se encuentren bajo el régimen de Zona Franca, que mantengan operaciones nacionales o extranjeras con empresas vinculadas.
- Cualquier otro contribuyente que haya efectuado operaciones con vinculadas locales o extranjeras —de forma separada o conjunta— por un monto superior a 1.000 salarios base durante el período fiscal respectivo.
¿Cuál es el plazo de presentación?
La declaración informativa debe presentarse dentro de los seis meses siguientes al cierre del periodo fiscal autorizado, e incluirá todas las operaciones realizadas con sus vinculadas durante el período del impuesto sobre las utilidades.
En este contexto, la declaración correspondiente al periodo fiscal 2024 deberá presentarse a más tardar el 30 de noviembre de 2025.
¿Cómo se presenta la declaración?
La declaración deberá ser presentada mediante formulario exclusivamente a través del nuevo sistema TRIBU-CR, la oficina virtual de la Dirección General de Tributación.
Cualquier presentación por otros medios será considerada como no presentada.
¿Qué riesgos implica el incumplimiento?
La omisión, presentación extemporánea, incompleta o errónea de la declaración puede derivar en sanciones por infracción administrativa, conforme al Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
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