El pasado 28 de mayo de 2026, Panamá promulgó la Ley 526, una reforma que incrementa significativamente los requisitos de sustancia económica aplicables a determinados contribuyentes. La medida busca reforzar la alineación entre las estructuras corporativas y la actividad económica real desarrollada en el país.
La Ley 526 exige que ciertas entidades demuestren una presencia económica efectiva en Panamá. Para ello, deberán acreditar, entre otros aspectos:
• Personal calificado y debidamente remunerado en territorio panameño.
• Instalaciones físicas adecuadas para el desarrollo de sus actividades.
• Toma de decisiones estratégicas y de gestión desde Panamá.
• Gastos operativos consistentes con la naturaleza y magnitud de la actividad económica realizada.
La normativa tendrá especial relevancia para:
• Grupos multinacionales.
• Sociedades holding.
• Family offices.
• Entidades que generen rentas pasivas de fuente extranjera, incluyendo dividendos, intereses, regalías y ganancias de capital.
Las entidades que no logren demostrar la sustancia económica requerida podrían ser consideradas como entidades no calificadas. En estos casos, la ley contempla la aplicación de una tarifa única del 15% sobre la renta neta de fuente extranjera.
Adicionalmente, se incorpora una cláusula general antiabuso que permitirá a las autoridades fiscales cuestionar o desconocer estructuras que carezcan de una justificación económica real o suficiente sustancia operativa.
Entrada en vigor
Las disposiciones previstas en la Ley 526 serán aplicables a partir del período fiscal 2027.
Recomendaciones para las empresas
Ante este nuevo escenario regulatorio, resulta recomendable que los grupos empresariales y las entidades potencialmente afectadas realicen una revisión temprana de sus estructuras, modelos operativos y niveles de sustancia económica en Panamá, con el fin de identificar riesgos y evaluar posibles medidas de adecuación antes de la entrada en vigor de la normativa.
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